IEE le 'saca' al análisis de fondo, y ratifica candidatura de Margarita Moreno

 

 

(Colima 26/04/2024).- El Instituto Electoral del Estado (IEE) decidió confirmar la candidatura de Margarita Moreno a la alcaldía de Colima por Movimiento Ciudadano, sin analizar a fondo el caso

Por cuatro votos a favor y tres en contra y sin entrar al fondo del recurso de revisión interpuesto por la Coalición “Fuerza y Corazón por Colima”, conformada por el PRI y el PAN,  las consejeras  afines a la presidenta de este organismo electoral, María Elena Adriana Ruiz Visfocri, confirmaron el  acuerdo del Consejo Municipal Electoral de Colima que aprobó la candidatura de Elia Margarita Moreno González, postulada por el partido Movimiento Ciudadano, a la presidencia municipal de la capital.

Durante la noche de este jueves se desarrolló la vigésima cuarta sesión extraordinaria del IEEC, donde se presentó el proyecto de acuerdo el cual le había sido reencauzado por el Tribunal Electoral del Estado, luego de que la coalición de PRIAN, había presentado el recurso de apelación solicitando se aplicara la vía per saltum.

En el proyecto de resolución presentado por la consejera Martha Elba Iza Huerta, no se entró al fondo del recurso planteado por la Coalición “Fuerza y Corazón por Colima”, aduciendo que “el Consejo Municipal Electoral de Colima, verificó el cumplimiento de los requisitos legales ya descritos en el cuerpo de la presente resolución, y respecto a las pruebas ofrecidas por la parte recurrente se señala que el criterio establecido en la tesis XXV/2006 que menciona el actor al respecto, debe entenderse como un “criterio orientador” para las autoridades jurisdiccionales en materia electoral y no para las autoridades electorales administrativas, lo por lo que de conformidad a sus atribuciones y competencias deberá ser dicha autoridad electoral jurisdiccional quien se pronuncie al respecto, ya que en caso contrario se violenta el principio constitucional de legalidad que debe regir todos los actos de esta autoridad administrativa electoral, por lo que deberá ser la autoridad jurisdiccional electoral competente la que valore los argumentos y documentales de la parte actora antes señalados y los de la denunciada”. En el proyecto Martha Elba Iza Huerta, señaló que “como autoridad electoral administrativa, tanto el Consejo Municipal Electoral de Colima y este Instituto Electoral del Estado de Colima, son responsables de velar por el cumplimiento de las leyes electorales en sus respectivos ámbitos de competencia, y por su parte las autoridades electorales jurisdiccionales son las encargadas de resolver conflictos derivados de la aplicación de dichas normas electorales, es decir, cuentan con la facultad de decisión jurídica en la controversia objeto de un determinado proceso”

Por lo anterior, es de precisarse que el Consejo Municipal de Colima, en estricto apego a derecho y a los principios electorales que rigen la materia electoral sobre la procedencia de la solicitud del registro de la C. Elia Margarita Moreno González, como Presidenta Municipal de Colima, en elección consecutiva, por parte del partido movimiento ciudadano.

La consejera ponente propuso confirmar en todos sus términos el punto cuarto del Acuerdo CMECA005/2024, aprobado el día 06 de abril del 2024 por parte del Consejo Municipal Electoral de Colima, en Sesión Especial de registro de candidaturas, por los motivos y fundamentos vertidos en el Considerando noveno de la presente Resolución.

El proyecto se notificará por conducto del Secretario Ejecutivo del IEEC, al recurrente Comisionado Propietario del Partido Acción Nacional, Daniel Antonio Andrade Requena, en el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, en su carácter de representante de la coalición “Fuerza y Corazón por Colima”, en el domicilio señalado en su escrito de fecha 10 de abril de 2024; lo anterior para los efectos legales a los que haya lugar.

Asimismo se notificará la Resolución al Comisionado propietario del Partido Movimiento Ciudadano ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, quien acudió al Recurso de Revisión reencauzado en su calidad de Tercero Interesado y a la ciudadana Elia Margarita Moreno González, quien compareció como Coadyuvante, en el domicilio señalado en su escrito sito calle Ignacio Manuel Altamirano número 1248, colonia Jardines de Vista Hermosa, C.P. 28017, Colima, Colima., así como el correo electrónico mcjuridicoestatal@gmail.com

 

VOTACIÓN DIVIDIDA

Al ponerse a la consideración del pleno el dictamen no fue aceptado por los consejeros Rosa Elizabeth Carrillo Ruiz, quien  dijo que emitiría un voto particular en contra, porque en el proyecto elaborado por la consejera Martha Iza Huerta, no se entró al estudio de fondo de los agravios presentados por la coalición “Fuerza y Corazón por Colima”, sino que simplemente se confirmó el acuerdo aprobado por el Consejo Municipal Electoral de Colima, que tampoco entró al fondo del análisis de los requisitos de elegibilidad de Margarita Moreno González.

Por su parte el consejero Edgar Martín Dueñas, también anunció la emisión de un voto concurrente en contra, pues dijo que si bien el Consejo Municipal Electoral, se apegó a la revisión de los requisitos de elegibilidad señalados en la Constitución Política del Estado y del Código Electoral, no entró a la revisión del acuerdo aprobado y confirmado por la Sala Regional Toluca, sobre los requisitos que debieron analizarse sobre la consulta realizada por el Partido Acción Nacional, respecto a si debía analizarse esos requisitos al momento de solicitar el registro.

Finalmente se pasó a la votación y por cuatro votos a favor de las consejeras María Elena Adriana Ruiz Visfocri, Martha Elba Iza Huerta, Ana Florencia Romano Sánchez y Arlen Alejandra Martínez; mientras que en contra se obtuvieron tres votos de la Consejera Rosa Elizabeth Carrillo Ruiz y los consejeros Edgar Martín Dueñas y Juan Ramírez Ramos.